TARIFARIO


 



De acuerdo a lo establecido en el decreto 9-04-2013 expedido por el Instituto de contadores públicos autorizados.

Conforme a lo establecido en la Ley No. 633 sobre Contadores Públicos Autorizados (CPA) de fecha 16 de junio del 1944 y el Decreto No. 2032 de fecha 1ro de junio del 1984, aprobado por el Poder Ejecutivo, el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD) es la máxima organización de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, tiene la potestad delegada por el Estado, de registrar de manera obligatoria a todos los contadores públicos autorizados, y de regular el ejercicio de la práctica contable en todo el territorio nacional, ejercida por medio de firma (asociación de profesionales o de carácter individual).

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